Una de las reformas concursales más reciente, la ley 16/2022, de 5 de septiembre, incorpora a nuestro ordenamiento la posibilidad de realizar planes de reestructuración que incluso pueden llegar a ser impuestos al deudo. En lugar de exigirse mayorías de pasivo, la nueva regulación permite que sean adoptados por mayora de “clases de acreedores” dentro de las cuales se agrupan distintos créditos del mismo rango concursal.
Los cambios que está nueva legislación propicia ya han dado lugar a varias resoluciones de juzgados de lo mercantil y Audiencias que la aplican e interpretan. por ello vamos a tratar en esta jornada el tratamiento normativo de estos planes, estudiando su régimen legal como la aplicación que los tribunales vienen realizando a su amparo, buscando superar las situaciones de preinsolvencia mediante acuerdo entre acreedores.
PONENTES
EDMUNDO RODRÍGUEZ ACHÚTEGUI
Magistrado de la Audiencia Provincial de Bizkaia
ANER URIARTE CODÓN
Juez Decano de Bilbao
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